Argentina (CNM)
Bolivia (VGAG)
Chile (SERNAM)
Colombia (Consejería    Presidencial)
Costa Rica (INAMU)
Cuba (FMC)
Ecuador (CONAMU)
El Salvador (ISDEMU)
Guatemala (SEPREM)
Honduras (INAM)
México (INMUJERES)
Nicaragua (INIM)
Panamá (DINAMU)
Paraguay (SMPR)
Perú (MIMDES)
Dominicana (SEM)
Uruguay (INAMU)
Venezuela (INAMUJER)
   


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» Informes a la CEDAW
Panamá.

Mecanismo:
Dirección Nacional de la Mujer, DINAMU

Datos de contacto:

Dirección: Av. Ricardo J. Alfaro, Plaza Edison, Piso 4, Panamá 3, El Dorado Ciudad de Panamá, Panamá.
Dirección E-mail: minjua@sinfo.net / rperez@mides.gob.pa
Teléfonos: (507) 279-1532 / 1512
Fax: (507) 261-4498 / 279-1532 / 1512
Código Postal: 680-50

Información institucional:

Directora: Rosina Pérez

Dependencias: Ministerio de Desarrollo Social.

Creada por decreto Legislativo No 42 del 19 de noviembre de 1997.

Resumen:
La Dirección Nacional de la Mujer (DINAMU) es la Secretaría Técnica del Consejo Nacional de la Mujer cuya función principal es la de formular, proponer y recomendar políticas públicas a favor de las mujeres. Es el organismo técnico de consultas, planificación, asesoría, promoción y ejecución, a escala nacional, de las acciones, proyectos y programas para desarrollar la participación de la mujer en la vida pública, social, cultural económica y legal del país

La Dirección Nacional de la Mujer depende del presupuesto del Ministerio de Trabajo y Bienestar Social para su funcionamiento a nivel administrativo, por lo cual sus recursos son mínimos.

 

Políticas y planes [volver al índice]

Plan de Igualdad de Oportunidades para las Mujeres 2002-2006 (PIOM II). Precedido por el Plan Nacional Mujer y Desarrollo (PIOM I), éste plan nacional contiene mecanismos institucionales de promoción de la igualdad de oportunidades para las mujeres en los aspectos de salud, educación, cultura y deporte, vivienda, familia, economía y pobreza, trabajo, equidad jurídica y social, poder y participación.

Plan Nacional contra la Violencia Doméstica y Políticas de Convivencia Ciudadana 2004-2014. El Plan tiene como objetivo disminuir la violencia doméstica y sus consecuencias sociales, económicas y jurídicas. El plan incluye ejes de promoción, prevención, atención y rehabilitación.

 

Áreas de Intervención: [volver al índice]

De acuerdo al Plan de Igualdad de Oportunidades para las Mujeres, las áreas temáticas son:

- Salud, Educación
- Cultura y Deportes
- Vivienda
- Familia
- Economía y Pobreza
- Trabajo
- Equidad Jurídica y Social
- Violencia
- Ambiente
- Comunicación Social.

 

Programas, proyectos y actividades [volver al índice]

Planes locales de prevención de la violencia intrafamiliar.
El objetivo de este programa de cooperación técnica es promover y fortalecer las capacidades técnicas y propiciar las condiciones para el diseño participativo e implantación de planes locales de prevención de violencia intrafamiliar. El proyecto, desarrollado durante el año 2004, buscó contribuir al desarrollo de políticas públicas relacionadas con la violencia intrafamiliar y doméstica.

 

Políticas y Legislación nacional [volver al índice]
  • Decreto Ejecutivo N° 53 de 25 de Junio de 2002. Por la cual se Reglamenta la Ley N° 4 del 29 de enero de 1999, por la cual se instituye la Igualdad de Oportunidades para las Mujeres

  • Ley N° 68 de 19 de diciembre de 2001, que establece la Titulación Conjunta como forma de adquirir la tierra y modifica artículos al Código Agrario

  • Ley N° 38 de 10 de julio de 2001 que Reforma y Adiciona el Código Penal y Judicial, sobre Violencia Doméstica y Maltrato al Niño, Niña y Adolescente, deroga artículos de la Ley 27 de 1995 y dicta otras disposiciones

  • Ley N° 17 de 28 de marzo de 2001, que aprueba el Protocolo Facultativo de la Convención sobre la Eliminación de todas las formas de Discriminación contra la Mujer

  • Ley N° 6 de 4 de mayo de 2000, que establece el Uso obligatorio del Lenguaje, Contenido e Ilustraciones con Perspectiva de Género en las Obras y Textos Escolares

  • Decreto Ejecutivo N° 33 de 24 de abril de 2000, por la cual se declara el Mes de Marzo “Mes de la Mujer”, para la realización de actividades en el marco del Día Internacional de la Mujer

  • Ley N° 4 del 29 de enero de 1999, por la cual se instituye la Igualdad de Oportunidades para las Mujeres

  • Ley N° 54 de 7 de diciembre de 1999, de reforma al Régimen del seguro Voluntario de la Caja del Seguro Social, para incorporar a la persona que se dedique a la atención de su familia

  • Ley N° 22 de 14 de junio de 1997, por la cual se reforma el Código Electoral y se adoptan otras medidas. (Incorpora la cuota electoral del 30% de participación femenina)

  • Ley N° 12 de 20 de abril de 1995, por la cual se ratifica la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer. Belem Do Para

  • Ley N° 44 de 12 de agosto de 1995, se dictan normas que regularizan y modernizan las relaciones laborales. (Se incorpora la figura del Acoso Sexual como causa justa de despido y como prohibición para el empleador de cometer esta conducta y se establece normas favorables a las mujeres como los artículos 14, 16, 18 y 28)

  • Ley N° 50 de 23 de noviembre de 1995, por la cual se protege y fomenta la Lactancia Materna

  • Ley N° 3 de 17 de mayo de 1994, por la cual se aprueba el Código de la Familia

  • Ley N° 9 de 20 de junio de 1994, por la cual se establece y regula la Carrera Administrativa (Incorpora la figura del Acoso Sexual como causa de destitución directa, y protege a las trabajadoras en estado de gravidez)

  • Ley N° 22 de 7 de diciembre de 1990, se establece la opción de la mujer de adoptar o no el apellido de casada

 

Informes a la CEDAW [volver al índice]

El Artículo 17º de la Convención dispone la creación de un Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer (CEDAW) con el fin de examinar los progresos realizados en la aplicación de la misma por los Estados Partes.
El Artículo 18º establece que los Estados Partes se comprometen a someter al Secretario general de las Naciones Unidas para que lo examine el Comité, un informe sobre las medidas legislativas, judiciales, administrativas o de otra índole que hayan adoptado para hacer efectiva las disposiciones de la Convención y los progresos realizados. Se podrán indicar en los informes los factores y las dificultades que afecten al grado de cumplimiento de las obligaciones impuestas.

En cumplimiento del compromiso asumido, el Gobierno de Panamá presentó en 1998 en 4º, 5º, y 6º informe sobre el cumplimiento de la Convención sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra la Mujer.

Por su parte el Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer, en sus recomendaciones referidas a la promoción de la Igualdad de Género, en el 19º período de sesiones realizados del 22 de junio al 10 de julio de 1998, examinó los informes periódicos segundo y tercero de Panamá (CEDAW/C/PAN/2-3) y aprobó las observaciones finales (fuente UNFPA):

  • Revisar la legislación a fin de que en ella se disponga expresamente la eliminación de la discriminación contra la mujer.

  • El Comité recomienda que el mecanismo nacional inicie una campaña que garantice la igualdad de tratamiento en el lugar de trabajo.

  • Aplicar enérgicamente la legislación relativa a la licencia de maternidad y para la lactancia a fin de garantizar la protección debida de la mujer.

  • Iniciar una campaña intensa de educación con el fin de velar por que todas las muchachas y mujeres panameñas completen su educación y reducir el número de niñas adolescentes que abandonan la escuela para dedicarse al trabajo o para contraer matrimonio.

  • Tomar medidas multidisciplinarias para garantizar una atención especial a las víctimas de la violencia sexual.

  • Recomienda que se conceda la oportunidad a las mujeres panameñas que resulten embarazadas al ser violadas de poner fin a su embarazo.

 
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