|
|
|
Cuba.
Mecanismo: Federación de Mujeres Cubanas (FMC)
Datos de contacto:
Dirección: Galiano No. 264 entre Neptuno y Concordia. Ciudad de La Habana C P 10200 Cuba Código Postal: 2120 Dirección Web: http://www.mujeres.co.cu/ http://www.pcc.cu/pccweb/organizaciones/fmc.php E-mail: mujeres@enet.cu Teléfono: (53 7) 55 2772
Información institucional:
Presidenta Ejecutiva: Vilma Espín Guillois.
Dependencias: El Secretariado profesional está integrado por la presidenta, la secretaria general y tres miembros que atienden las esferas de organización, relaciones exteriores y educación, y orientación ideológica.
Resumen: La Federación de Mujeres Cubanas se fundó el 23 de agosto de 1960 y posee estatutos propios que la dotan de autoridad permitiéndole actuar e influenciar las políticas y decisiones gubernamentales, es el ente responsable de impulsar políticas y programas para el adelanto de las mujeres. Está estructurada sobre una base territorial, desde el nivel nacional, provincial y municipal, integrada por secretariados profesionales y comités. Estas estructuras se vinculan con las bases a través de las organizaciones que de forma voluntaria funcionan a nivel de las comunidades.
Cada 5 años la FMC celebra su Congreso, órgano máximo de dirección en el que se evalúan los resultados del trabajo, se adoptan nuevas estrategias y se elige el Comité Nacional y el Secretariado.
Políticas y planes [volver al índice]
Estrategia Nacional para la Igualdad de Oportunidades Creado a través de decreto ley en 1997 se aprobó el Plan de Acción Nacional de la República de Cuba de Seguimiento a la IV Conferencia Mundial sobre la Mujer en Beijing.
Áreas de Intervención: [volver al índice]
Las áreas de intervención basadas en los estatutos de la Federación de Mujeres cubanas se centra en:
- Estrategia de promoción de la mujer a cargos de dirección y toma de decisiones. - Comisión Nacional para prevenir la violencia contra la mujer. - Participación de la mujer en los programas priorizados de la economía. - Investigaciones sociales y estudios diagnósticos sobre la situación de las mujeres. - Establecer y mantener vínculos con las instituciones y organizaciones de mujeres en todo el mundo. - Participar activamente en las organizaciones internacionales dedicadas al tema de la mujer.
Programas, proyectos y actividades [volver al índice]
Trabajo comunitario en promoción de la educación, la salud, la formación de niñas y niños, la prevención y atención social y la toma de conciencia de los derechos de las mujeres, de su lugar en la sociedad y en la familia.
Casas de Orientación a la Mujer y la Familia.
Participa en el diseño, aplicación y evaluación de la implementación y puesta en práctica de las leyes y programas para el adelanto de la mujer y del Plan de Acción Nacional de Seguimiento a la IV Conferencia de la Mujer en Beijing.
Movimiento de Mujeres Creadoras y el Forum de Ciencia y Técnica.
Capacitación en liderazgos: Centro de Capacitación para la Mujer “Fe del Valle”.
Edición de publicaciones y materiales especializados en el tema de la mujer en la sociedad cubana y en el mundo.
Políticas y Legislación nacional [volver al índice]
-
Constitución de la República refrendada el 24 de febrero de 1976 y modificada en 1992 en su capítulo VI “Igualdad”
-
La Ley de Maternidad (1974)
-
Código de la Familia (1975)
-
Ley de Protección e Higiene del Trabajo (1977)
-
Ley de Seguridad Social (1979)
-
Código de la Niñez y la Juventud (1984)
-
Código del Trabajo (1985)
-
Plan de Acción Nacional de Seguimiento a la Conferencia de Beijing de la República de Cuba (l997)
-
Ley 62 del Código Penal (1987)
Informes a la CEDAW [volver al índice]
El Artículo 17º de la Convención dispone la creación de un Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer (CEDAW) con el fin de examinar los progresos realizados en la aplicación de la misma por los Estados Partes. El Artículo 18º establece que los Estados Partes se comprometen a someter al Secretario general de las Naciones Unidas para que lo examine el Comité, un informe sobre las medidas legislativas, judiciales, administrativas o de otra índole que hayan adoptado para hacer efectiva las disposiciones de la Convención y los progresos realizados. Se podrán indicar en los informes los factores y las dificultades que afecten al grado de cumplimiento de las obligaciones impuestas. En cumplimiento del compromiso asumido, el Gobierno Cubano ha presentado ante el Comité los siguientes Informes Nacionales: En el 23° período de sesiones (12 a 30 de junio de 2000). El Comité examinó el cuarto informe periódico de Cuba (CEDAW/C/CUB/4) y adoptó las observaciones finales siguientes (fuente UNFPA):
-
Aplicar medidas para reducir el nivel de desempleo de la mujer y las desigualdades en el acceso a algunos sectores del mercado laboral en esferas no tradicionales y de alto crecimiento.
-
Profundizar en las causas fundamentales de la prostitución, y evalúe las consecuencias de las medidas de prevención y rehabilitación que ha adoptado, con miras a hacerlas más eficaces.
-
Seguir adoptando medidas para eliminar los estereotipos en la sociedad cubana, encaminadas a aumentar la participación de la mujer en todas las esferas y niveles de la adopción de decisiones, y a que los hombres compartan las tareas del hogar.
-
Continuar la evaluación las medidas que adopte y a que determine las fallas, a fin de ajustarlas y mejorarlas.
-
Evaluar en forma amplia la posible frecuencia de la violencia contra la mujer, en el hogar y el hostigamiento sexual en el lugar de trabajo.
-
El Comité alienta al Gobierno a que supervise atentamente la práctica del divorcio por consentimiento, y particularmente cualquier efecto negativo que pudiera tener para la mujer en relación con cuestiones tales como los pagos de pensión alimenticia, la guardia y el sostenimiento de los hijos, y la distribución de los bienes matrimoniales.
Ampliar informe a la CEDAW
|
 |
|
En el 23° período de sesiones (12 a 30 de junio de 2000). El Comité examinó el cuarto informe periódico de Cuba (CEDAW/C/CUB/4) y adoptó las observaciones finales siguientes (fuente UNFPA):
-
El Comité también insta al Gobierno a que aplique medidas extraordinarias para reducir el nivel de desempleo de la mujer y las desigualdades en el acceso a algunos sectores del mercado laboral. También recomienda que esas medidas supongan que la mujer se beneficie en pie de igualdad de la recuperación económica nacional. El Comité insta al Gobierno a que intensifique los esfuerzos que realiza con el fin de crear nuevas oportunidades de trabajo para la mujer en esferas no tradicionales y de alto crecimiento, por ejemplo las nuevas esferas de información y comunicaciones y el sector de servicios, y redoblar los esfuerzos para garantizar que la mujer pueda aprovechar plenamente las ventajas de la economía mixta, acorde con su elevado nivel de educación y formación.
-
El Comité insta al Gobierno a que profundice en las causas fundamentales de la prostitución, y evalúe las consecuencias de las medidas de prevención y rehabilitación que ha adoptado, con miras a hacerlas más eficaces, y plenamente acordes con el artículo 6 de la Convención. El Comité invita al Gobierno a que amplíe los programas oficiales para que la mujer logre su independencia económica, de manera que se afronten las causas de la prostitución y se elimine la necesidad de recurrir a ella. Insta también al Gobierno a que incluya en su próximo informe periódico información detallada sobre cualesquiera novedades relacionadas con las medidas de prevención y rehabilitación que haya adoptado en relación con la prostitución.
-
El Comité insta al Gobierno a que siga adoptando medidas para eliminar los estereotipos en la sociedad cubana. Particularmente, el Comité insta al Gobierno a que prosiga sus esfuerzos encaminados a aumentar la participación de la mujer en todas las esferas y niveles de la adopción de decisiones, y a que los hombres compartan las tareas del hogar. Además, insta al Gobierno a que continúe la evaluación amplia de las consecuencias de las medidas que adopte y a que determine las fallas, a fin de ajustar y mejorar en consecuencia aquellas medidas.
-
El Comité insta al Gobierno a que evalúe en forma amplia la posible frecuencia de la violencia contra la mujer, incluso la violencia en el hogar y el hostigamiento sexual en el lugar de trabajo así como, en el caso de incidentes, las causas fundamentales de dicha violencia. Invita al Gobierno a que aumente la información pública acerca de la necesidad de adoptar medidas para impedir esa violencia, considere la posibilidad de iniciar una campaña de tolerancia cero sobre la violencia contra la mujer, y que procure que los funcionarios públicos y el poder judicial estén más conscientes de la gravedad que entraña esa violencia. Invita también al Gobierno a que las medidas de apoyo que se ponen a disposición de las mujeres víctimas de violencia en el hogar, como son los servicios de ayuda por teléfono y albergues para mujeres golpeadas. El Comité invita al Gobierno a que en su próximo informe incluya datos sobre el acceso de la mujer a los tribunales, en general, y con respecto a la violencia, en particular.
-
El Comité insta al Gobierno a que profundice en las causas fundamentales de la prostitución, y evalúe las consecuencias de las medidas de prevención y rehabilitación que ha adoptado, con miras a hacerlas más eficaces, y plenamente acordes con el artículo 6 de la Convención. El Comité invita al Gobierno a que amplíe los programas oficiales para que la mujer logre su independencia económica, de manera que se afronten las causas de la prostitución y se elimine la necesidad de recurrir a ella. Insta también al Gobierno a que incluya en su próximo informe periódico información detallada sobre cualesquiera novedades relacionadas con las medidas de prevención y rehabilitación que haya adoptado en relación con la prostitución.
-
El Comité alienta al Gobierno a que supervise atentamente la práctica del divorcio por consentimiento, y particularmente cualquier efecto negativo que pudiera tener para la mujer en relación con cuestiones tales como los pagos de pensión alimenticia, la guardia y el sostenimiento de los hijos, y la distribución de los bienes matrimoniales.
|
|